Se trata de YINA CALDERÓN, YEFERSON COSSIO, LUISA CASTRO y MARIAM OBREGÓN, quienes por un lado no habrían entregado a sus seguidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable y precisa sobre los productos promocionados; y por el otro los habrían inducido al error.

Fotomontaje El Expreso

La Superintendencia de Industria y Comercio, como autoridad de protección del consumidor, inició investigación en contra de las empresas

YINA CALDERÓN S.A.S., GRUPO COSSIO S.A.S., LCOMPANY S.A.S. y CUATRO 44 INVERSIONES S.A.S

., propiedad de los influenciadores

Yina Calderón, Yeferson Cossio, Luisa Castro y Mariam Obregón

Según la SIC,

YINA CALDERÓN S.A.S

., presuntamente no acató las órdenes impartidas el 10 de agosto de 2022 por la entidad, en las que le solicitaba suministrar a los consumidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable y precisa sobre los tiempos de entrega, sobre su política de cambios y sobre el derecho de retracto de los productos promocionados. 

En cuanto a

GRUPO COSSIO S.A.S

., se evidenció una posible publicidad engañosa, teniendo en cuenta que, Yeferson Cossio aparentemente realizó afirmaciones objetivas sobre los resultados que se podían obtener al realizar el curso “Método Cossio”, el cual según lo publicitado, tenía como propósito enseñar a monetizar las redes sociales y cuyo único soporte era la experiencia del mismo influenciador, lo que según la SIC podría inducir a error a los consumidores respecto de los resultados que se lograrían al realizar ese curso de formación. 

Por otra parte, frente a

LCOMPANY S.A.S. y CUATRO 44 INVERSIONES S.A.S

., la Superindustria encontró que, al parecer, las influenciadoras Luisa Castro y Mariam Obregón, no atendieron los requerimientos realizados por la entidad de allegar la publicidad emitida sobre los servicios de captación de dinero, que promocionaban a través de sus redes sociales, ni informaron sobre su relación comercial con el anunciante para promocionar dichos servicios, con lo cual, se pudo inducir en error a los consumidores. 

Si luego de adelantarse la correspondiente investigación administrativa se confirma la vulneración por parte de estas empresas, se podrán imponer multas cercanas a los

DOS MIL TRESCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE. ($2.320.000.000) a cada una. 

Contra los actos administrativos por medio de los cuales se formularon cargos a

YINA CALDERÓN S.A.S., GRUPO COSSIO S.A.S., LCOMPANY S.A.S. y a CUATRO 44 INVERSIONES S.A.S.

, no procede ningún recurso.

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