Una reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia confirma que las mascotas y los animales de compañía sí pueden ser embargado

Foto: cortesía Alcaldía de Bogotá

Luego de que un juez de familia decretara como una de las medidas cautelares en medio de un divorcio civil el embargo y secuestro de dos perros, la Corte Suprema de Justicia confirmó que los animales de compañía sí pueden ser embargados.  

Para el juez, la sociedad

“cada día está más despersonalizada y virtualizada, la interacción física ha disminuido, la tasa de natalidad ha decrecido y aumenta la flexibilidad en las relaciones sentimentales”.

Por eso, considera que los animales

“llegan a ocupar un rol que antes tenían los seres humanos, convirtiéndolos en receptores de afecto y cuidado”.

 

Según la mujer divorciada estos perros tienen un lazo fraternal con sus hijos y que son parte fundamental de su familia y que los necesita en su hogar, pero sobre esto la sala definió el embargo en medio de la disputa por su separación.   

Este salvamento de voto podría ser un excelente argumento jurídico para que la Corte Constitucional seleccione la sentencia para revisión y que pueda unificar jurisprudencia respecto a los embargos de animales de compañía como perros y gatos, el concepto de familia multi-especie y lo que hizo el juez de familia de manejar a las mascotas como bienes de propiedad.